9788411138451
Parte especial del Derecho Penal a través del sistema de casos 2ª Edición
Gómez Pavón,Pilar;FERRE OLIVE,Juan Carlos;y otros
Editorial: Tirant lo Blanch Fecha de publicación: 02/02/2022 Páginas: 490Formato: 24 x 17 cm.
www.paquebote.com > Carlos Ros
El presente tomo de los Principios de Derecho civil del profesor Lasarte afronta la exposición de las diversas figuras contractuales características del Derecho civil que, como es sabido, han constituido el punto de partida de la disciplina de la contratación en otros sectores del Derecho. Previamente, desarrolla la llamada teoría general del contrato, quintaesencia de la problemática contractual, según la enseñanza clásica en la materia. La redacción de esta edición ha venido impuesta por la publicación de la Ley 8/2021, de 2 de junio, publicada en el BOE del siguiente día y con entrada en vigor el día 3 de septiembre de 2021, pues afecta a numerosos pasajes y replantea muchas cuestiones de las consideradas en este tomo de Contratos. Así, la Ley 8/2021 ha modificado varios artículos del CC en materia de contrato de depósito y en otras sedes normativas. Ha tenido también amplia repercusión en el contenido de este tomo el Real Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler (BOE de 5 de marzo, con vigencia declarada desde el siguiente día), cuya DT 1.ª ordena, sin embargo, que los contratos de arrendamiento, celebrados con anterioridad a su entrada en vigor, seguirán sujetos a la normativa que les resulte aplicable hasta que se produzca su extinción. En relación con el Texto refundido de la ley sobre las sociedades de capital, debe atenderse a la DF 4.ª de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que modifica el Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo. Respecto de la jurisprudencia, se incorporan, entre otras, en materia de cláusulas abusivas las SSTS 589/2020, de 11 de noviembre; 581/2020 y 580/2020, de 5 de noviembre; así como la 675/2020, de 15 diciembre, sobre cláusula suelo; 585/2020, de 22 de octubre, sobre IRPF en préstamo hipotecario; y 550/2020, de 22 de octubre, y 3/2020, de 8 de enero, sobre vencimiento anticipado. Entre las Resoluciones de la DGSJYFP, la de 15 de enero de 2021 admite expresamente que las partes, atendido el art. 1255 CC, pueden pactar la exclusión de la facultad moderadora de la autoridad judicial; y la de 27 de marzo de 2019, sobre donación de la nuda propiedad de un bien, con prohibición de disponer y reservándose el donante un derecho de reversión omnímodo, concluye que, vista la reserva de la facultad de revocación ad nutum por parte del donante, tal configuración convierte la figura en una donación mortis causa.
La coexistencia en nuestro ordenamiento jurídico de diversas regulaciones -estatales, autonómicas y locales- aplicables al ejercicio de las actividades económicas, junto con las normas procedentes del Derecho de la Unión Europea, tiene como resultado un mosaico jurídico cuya complejidad dificulta apreciar la existencia de un patrón común que los integre. Sin la debida perspectiva, es fácil que la aplicación de las normas genere una situación de competencia entre las instancias territoriales de poder, celosas de la salvaguarda de sus competencias. La jurisprudencia constitucional española ha participado en esta situación de conflictividad hasta fechas recientes. La confusión de términos relacionados -unidad económica, unidad de la política económica y unidad de mercado- terminó por conferir al legislador nacional una posición exclusiva como garante de la unidad. En esta estructura lógica, cualquier divergencia introducida por las autoridades autonómicas o locales puede resultar sospechosa de fragmentar el espacio económico nacional. Sin embargo, esta jurisprudencia contrasta la labor continuada del Tribunal de Justicia de la Unión. El mercado comunitario ve en la diversidad regulatoria un efecto positivo que invita a centrar el objeto del análisis en los efectos de la medida enjuiciada. Más que en la determinación del nivel territorial competente, el juez comunitario se centra en el estudio de los efectos prácticos de la medida, depurando cuantas coloquen efectivamente a unos operadores económicos en peor situación competitiva que sus rivales sin que medie una causa justificada. Esta monografía estudia críticamente los diferentes enfoques vigentes en los ordenamientos español y comunitario para el control de las medidas lesivas de la integridad del espacio económico. Reflexiona sobre la función de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado, con especial atención a los aspectos de la misma que podrían reformarse. Ofrece, en último término, una propuesta interpretativa a nivel jurisdiccional que confiera al actual mosaico normativo una lógica de conjunto que favorezca la nitidez del motivo -el espacio económico multiniveles- representado en el mismo.